lunes, 11 de marzo de 2013

TLC China-Perú: Consideraciones en el Certificado de Origen


En el 2012, China fue considerado nuestro segundo mayor proveedor, después de Estados Unidos, principalmente por la importación de bienes de capital y materiales de construcción siendo sus principales productos enviados al Perú, los teléfonos móviles, computadoras portátiles, cámaras fotográficas, automóviles y memorias usb. El TLC que tenemos con dicho país facilita el acceso de múltiples productos, por ello es importante conocer a detalle las consideraciones en cuanto al certificado de origen,  documento que permite acogerse a los beneficios de dicho acuerdo.

Es importante tener en cuenta que las preferencias arancelarias se aplican  sólo a la importación para el consumo de mercancías nuevas y originarias de la República Popular de China, siendo el programa no aplicable para mercancías usadas.

Consideraciones a tener en cuenta en el Certificado de Origen:

  • El Certificado de Origen debe ser debidamente diligenciado en inglés y podrá amparar una o más  mercancías de un solo embarque.  El plazo de validez del Certificado de Origen es de un año calendario contado a partir de la fecha de su emisión.
  •  Cuando el valor CIF de las mercancías embarcadas no exceda los seiscientos dólares de los Estados Unidos de América (US$ 600) se puede presentar en lugar del Certificado de Origen una Declaración de Origen, la cual es completada por el exportador o productor de las mercancías.
  •  La fecha de emisión del Certificado de Origen puede ser anterior o igual a la fecha de exportación de las mercancías desde China. No obstante el Certificado de Origen puede volver a ser emitido posteriormente debido a: errores, omisiones involuntarias u otra circunstancia justificada según la legislación del país de origen, o no aceptación por razones técnicas.
  •  Para que las mercancías conserven su condición de originarias deben haber sido transportadas directamente desde el territorio de la República Popular de China hacia el territorio de la República del Perú sin pasar por territorio de un país no Parte del Tratado. Se pueden realizar transbordos en un tercer país, siempre en cuando no entren al comercio o se comercialicen y no sufran ninguna operación distinta a la descarga, recarga, reembalaje, o cualquier otra operación  a fin de mantenerlas en buen estado.
  •  En caso de robo, pérdida o destrucción de un Certificado de Origen, el importador puede presentar un nuevo Certificado de Origen expedido por una entidad autorizada por la República Popular de China en cuyo campo de Observaciones deberá contener el texto “CERTIFIED TRUE COPY of the original Certificate of Origin number __ dated __“
  • Tomemos nota de las consideraciones a fin de acogernos correctamente al tratado y aprovechar las ventajas que nos ofrece nuestros principal socio comercial en Asia.