martes, 27 de marzo de 2012

Incoterms 2010-Modificaciones y Notas de Orientación

La Cámara de Comercio Internacional dio a conocer la versión 2010 de los INCOTERMS, así como sus reglas de aplicación, las cuales entraron en vigor a partir del 1° de enero del 2011.

Al respecto, se exponen los cambios más sobresalientes de esta versión en comparación con la anterior del año 2000:

- Modificación en el número de INCOTERMS, pasan de 13 a 11.
- Adición de notas de orientación en cada uno de ellos para su mejor aplicación.
- Simplificación del uso, mediante su clasificación en 2 grupos de INCOTERMS.
- Posibilidad de dar el mismo valor a los documentos transmitidos electrónicamente y los que están en papel.

Modificación en el número de INCOTERMS

En esta nueva versión se eliminan los siguientes términos internacionales de comercio:

· DAF (Delivered at frontier) Entregado en frontera, lugar designado
· DES (Delivered ex ship) Entregado a bordo en puerto de destino designado
· DEQ (Delivered ex quay) Entregado en muelle en destino
· DDU (Delivered duty unpaid) Entrega derechos no pagados

Por otra parte, se adicionan 2 nuevos términos:

· DAP (Delivered At Place) Significa que el vendedor hace entrega de los bienes en el lugar acordado, puestos a disposición del comprador en el medio de transporte listos para su descarga, es decir, sobre el medio de transporte. En este caso, las partes deben acordar de manera precisa e identificar el lugar en el punto de entrega y de ser posible identificar un punto dentro del mismo.

· DAT (Delivered At Terminal) Significa que el vendedor entrega los bienes en la terminal acordada (aeropuerto, puerto, etc.), puestos a disposición del comprador en la terminal, el aeropuerto o lugar acordado, descargados de los medios de transporte en los que arribe. En este caso las partes deben ser muy precisas al identificar la terminal y de ser posible señalar un punto dentro de la misma para la entrega.

En ambos términos se requiere que el vendedor despache las mercancías para la exportación, sin embargo este no tiene la obligación de realizar alguna formalidad o despachar para la importación.

Cabe destacar, que estos nuevos INCOTERMS se pueden utilizar independientemente del modo de transporte y puede hacerse en varios medios.

Notas de orientación

En la publicación, antes de cada INCOTERM ahora se puede encontrar una nota de orientación donde se explican los fundamentos del término de que se trate, la manera de utilizarlo y en que momento se transfiere el riesgo entre comprador y vendedor, con la finalidad de ayudar en la elección del término adecuado.
Cabe resaltar que estas notas no son parte del INCOTERM en sí, pero su función es ser una guía que permita a los interesados utilizarlos de forma precisa y eficiente.
Grupos de INCOTERMS

En esta nueva versión desaparecen los grupos E, C, F y D, por lo que ahora los INCOTERMS, solo se agrupan en 2 clasificaciones dependiendo del medio de transporte:

· Cualquier medio de transporte: Con los términos EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP, DDP.

Estos pueden ser utilizados aún en el caso de transporte multimodal donde uno de los medios de transporte a utilizar sea por vía marítima.

· Transporte marítimo o fluvial: Con los términos FAS, FOB, CFR y CIF

En esta clasificación se agrupan aquellos términos donde el punto de entrega o el lugar al que los bienes son transportados hacia el comprador son puertos.

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