jueves, 24 de mayo de 2012

Conozcamos un poco más sobre las Normas de Etiquetado

La creciente oferta exportable y nivel de exigencia de los mercados internacionales obliga a los exportadores e importadores a darle a sus productos una adecuada presentación las cuales deben cumplir con ciertas regulaciones con fines comerciales (detalles básicos para informar al consumidor) o fines legales que la Aduana o entidades gubernamentales solicitan para el  ingreso y comercialización de los bienes dentro de un país .

¿Cómo podemos definir a las Normas de Etiquetado?
Son aquellas normas que regulan  la información mínima que deben de contener los productos manufacturados que sean comercializados en el territorio nacional. La norma principal es la Ley de Rotulado de Productos Industriales Manufacturados (Ley 28405) y el Decreto Supremo 020-2005–Produce. Cada país posee sus propias regulaciones y leyes .Sin embargo, existen normas específicas que regulan determinados bienes, tales como los medicamentos, bebidas, alimentos, etc.

Normas de etiquetado para alimentos
La entidad que regula los productos alimenticios comestibles para consumo humano es la Dirección General de Salud (Digesa).Los requisitos que deben ir en el rotulado de los productos alimenticios se encuentran en el Descreto Supremo 007-98-SA. El rotulado deberá contener la siguiente información mínima:
a).Nombre del producto
b).Declaración de los ingredientes y aditivos empleados en la elaboración del producto.
c).Nombre y dirección del fabricante.
d).Nombre,razón social y dirección del importador, lo que podrá figurar en etiqueta adicional.
e).Número de registro sanitario.
f).Fecha de vencimiento, cuando el producto lo requiera con arreglo a lo que establece el Codex Alimentarius o la norma sanitaria peruana que les es aplicable.
g).Código o clave del lote.
h).Condiciones especiales de conservación, cuando el producto lo requiera.

Penalidades
De no cumplir con la información necesaria en la etiqueta podemos obtener una sanción. La sanción podría ir desde una amonestación hasta el cierre temporal del establecimiento.

Etiquetado en las exportaciones
En el caso de las exportaciones es necesario realizar una investigación sobre el tipo de etiquetado y rotulado solicitado por cada país de destino. Habría que analizar cada caso en particular ya que cada uno tiene su propia regulación y, por lo tanto, la información del rotulado y la forma en la que se presenta podría cambiar. En cuanto al registro del rotulado para evitar la piratería las etiquetas pueden ser registradas como una marca. Dicho registro debe realizarse ante la Dirección de Signos Distintivos de lndecopi. Por ejemplo en el caso de los polos estampados ( prendas de vestir) con distintos diseños no se posee una norma específica que regule el etiquetado o rotulado pero sí existe una norma general que los ampara ( Ley 28405).

Etiquetado para las importaciones
En el caso de que los productos vengan del exterior y se piense comercializar dentro del Perú debemos verificar primero si el etiquetado cumple con las normas nacionales. En caso de que esta no cumpla, se deberá reetiquetar. Por ejemplo, si la etiqueta está en inglés, se deberá consignar la misma en el idioma nacional, el español en este caso.
Para todo proceso de exportación e importación es necesario tener presente las regulaciones existentes de etiquetado y rotulado  para así llevar un proceso más limpio sin trabas que a la larga pueda significarnos la pérdida de dinero y sobre todo de tiempo.




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